El muy reciente Decreto 825 del 22 de Mayo del 2000 de la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela hace conveniente considerar este tema, que hasta ahora era un reto al docente para su voluntaria y necesaria imaginación innovadora. El Decreto se refiere a la declaración de Internet como servicio público y establece en su artículo 1º que «Se declara el acceso y uso de internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico, social y político de la República Bolivariana de Venezuela»; mientras que en el 5ºart. le fija al Ministerio de Educación Cultura y Deportes MECD, la responsabilidad de dictar las directrices para el uso, comercio, interacción y sociedad del conocimiento, al mismo tiempo de incluirlos en el mejoramiento profesional del magisterio
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